Glosario sobre discapacidad

Accesibilidad: al entorno físico, social, económico y cultural, académico, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Accesibilidad académica: estrategias que se elaborar en relación a las necesidades particulares de los estudiantes con discapacidad. Incluye la formación docente, apoyos, elaboración de material, acuerdos de formas de evaluación, entrega de material con anticipación, etc. Como así también incluye la accesibilidad comunicacional, el equipamiento educativo y la capacitación de los distintos actores de la comunidad universitaria.
Acceso a la Justicia: las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados a la edad, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares.
Ajustes razonables: modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
Apoyos: incluye la asistencia personal; el apoyo para la adopción de decisiones; el apoyo para la comunicación, como los intérpretes de lengua de señas y los medios  alternativos y aumentativos de comunicación; el apoyo para la movilidad, como las Tecnologías de apoyo o los animales de asistencia; los servicios para vivir con arreglo a un  sistema de vida específico que garanticen la vivienda y la ayuda doméstica; y los servicios comunitarios.
Autonomía de las personas con discapacidad: independencia individual, incluida la   libertad de tomar sus propias decisiones.
Barreras: Son todos aquellos factores ambientales en el entorno de una persona, que, por ausencia o presencia, limitan el funcionamiento y crean una experiencia de discapacidad. Estos incluyen aspectos como: ambiente físico inaccesible, falta de tecnología asistencial apropiada, actitudes negativas de las personas hacia la discapacidad, servicios, sistemas y políticas que no existen o que específicamente dificultan la participación de todas las personas con discapacidad.
Certificado de Discapacidad. Permite acceder a un sistema de protección integral de las PCD, tendiente a asegurarles atención médica, educación y seguridad social, y concederles las franquicias y estímulos para neutralizar las desventajas y posibilitarles su integración en la comunidad.
Comunicación accesible:  incluirá los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso; Cultura e Idioma de la Comunidad Sorda Argentina: lengua de Señas Argentina
Discapacidad: es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Discriminación por motivos de discapacidad: cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables.
Diseño universal: el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El «diseño universal» no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten. También asistencia humana o animal e intermediarios, incluidos guías, lectores e intérpretes profesionales de la lengua de señas, para facilitar el acceso a edificios y otras instalaciones abiertas al público.
Educación inclusiva: los niños y las niñas con discapacidad NO queden excluidas del sistema general de educación gratuita y pública;  como así tampoco la enseñanza secundaria gratuita y obligatoria por motivos de discapacidad, los mismos requieren que se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales, Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, Facilitar el aprendizaje del Braille, la escritura alternativa, otros modos, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares; Facilitar el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas; a los niños y las niñas ciegos, sordos o sordociegos se imparta en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados para cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico y social.
Habilitación y rehabilitación todas las medidas efectivas y pertinentes, incluso mediante el apoyo de personas que se hallen en las mismas circunstancias, para que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida. 
Intérprete de Lengua de Señas Argentina: Persona cuyo rol es puente o nexo comunicacional entre la persona Sorda y la Oyente, quien puede y debe interpretar del español oral a la lengua de Señas Argentina (LSA) como así también de la LSA al español oral.
Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información: tomar todas las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante cualquier forma de comunicación que elijan : Aceptar y facilitar la utilización de la lengua de señas, el Braille, los modos, medios, y formatos aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales.
Mediador Sordo LSA: Persona referente de la Comunidad Sorda que sea vinculo y nexo entre lxs usuarixs directos de la LSA y la comunidad oyente. Debe mantener los mismos criterios éticos que lxs Intérpretes en LSA.
Movilidad personal: Las personas con discapacidad deben contar con  movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas: Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad, incluso poniéndolos a su disposición a un costo asequible.
Respeto de la privacidad: Proteger la privacidad de la información personal y relativa a la salud y a la rehabilitación de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
Trabajo y empleo: el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad.  Prohibir la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables.
Glosario desarrollado por el Equipo de Investigación de la Comisión Universitaria sobre Discapacidad de la UNLP)
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